SEGURIDAD SOCIAL

Cómo darte de alta en la Seguridad Social: Pasos esenciales

Los trámites para dar de alta a un beneficiario se pueden realizar de manera presencial, telemática o por correo.

Los trámites para dar de alta a un beneficiario se pueden realizar de manera presencial, telemática o por correo. / EP

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Redacción

La Seguridad Social es el organismo que identifica y garantiza el derecho a la asistencia sanitaria de usuarios activos (trabajadores, pensionistas, perceptores de prestaciones) como de beneficiarios (sus familiares y asimilados dependientes de ellos). Y una de las gestiones más habituales es dar de alta a un beneficiario, algo que en muchas ocasiones se convierte en un auténtico galimatías si se desconoce el procedimiento. Para evitar sustos, aquí tiene una guía paso a paso.

Quién puede dar de alta en la Seguridad Social

Antes de empezar con los trámites, es necesario saber quién puede dar de alta a un beneficiario en la Seguridad Social. Cualquier asegurado que ya esté dentro del sistema tiene potestad para realizar el procedimiento, siempre y cuando se encuentre en alguna de estas tres situaciones:

  • Ser cónyuge de la persona asegurada o convivir con ella en una relación de pareja de hecho

  • Ser ex cónyuge o estar separado judicialmente si se tiene derecho a percibir una pensión compensatoria por parte de la persona asegurada

  • Ser descendiente, o asimilada a este, de la persona asegurada o de su cónyuge (incluso aunque esté separado del mismo judicialmente y ser menor de 26 años. En caso de ser mayor de dicha edad, tener una discapacidad reconocida en un grado igual o superior al 65%

Cómo dar de alta a un beneficiario

Ahora que sabe identificar a la persona que podrá dar de alta a un beneficiario en el sistema de la Seguridad Social, comencemos el proceso. Hasta ahora, estos trámites debían hacerse de forma presencial en uno de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) con cita previa. Otra manera era realizar el proceso por correo ordinario a la Dirección Provincial de Instituto Nacional de la Seguridad Social o del INS que le corresponda. Ambos procesos todavía están disponibles para quien prefiera optar con estas vías.

Para facilitar el proceso, el organismo ha decidido ampliar las vías para poder realizarlo también de manera telemática a través del portal Tu Seguridad Social. El portal permite el acceso a este servicio mediante un representante que disponga de certificado digital o cl@ve para porder completar este proceso en cualquier momento y desde cualquier dispositivo con conexión a Internet.

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En el caso de no disponer de métodos de identificación previa, hay otra vía abierta para realizar este trámite. El interesado deberá utilizar la plataforma para trámites sin certificado digital del Instituto Nacional de la Seguridad Social que encontrará en este enlace. Aquí podrá encontrar una guía práctica para saber cómo funciona.

Tanto en el caso presencial como por el método por correo o sin identificación previa, se deberá entregar la solicitud debidamente cumplimentada que se puede descargar en la página web de la Seguridad Social. En el documento se especifican las instrucciones completas para rellenarlo, así como la documentación pertinente a presentar en función de cada caso, junto al documento acreditativo de la identidad del asegurado y, en su caso, del beneficiario.