Energía

La justicia de EEUU se cuestiona si España "no está intentando saltarse" compromisos de pago en los laudos de renovables

En la vista por los casos de impagos a NextEra y 9Ren los jueces se muestran "sorprendidos" por la estrategia que está siguiendo España para no abonar los más de 1.000 millones de euros perdidos en laudos favorables a 16 inversores internacionales.

Placas solares frente a un campo de girasoles de Valencia.

Placas solares frente a un campo de girasoles de Valencia. / DELEGACIONES

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La justicia de Estados Unidos (EEUU) reprime la actitud de España en su estrategia para evitar pagar la indemnización en los laudos donde acumula condenas por más de 1.300 millones de dólares debido al recorte en las primas a las renovables. En una vista celebrada el pasado 7 de febrero, vinculada al litigio que mantienen NextEra, la mayor eléctrica del mundo, que ganó un arbitraje condenando a España a abonar 290 millones de euros, y 9REN, con un laudo ganado por valor de 42 millones, la Corte del Distrito de Columbia de EEUU cuestionó si España intenta eludir sus obligaciones financieras. En concreto, la jueza Cornelia Pillard preguntó a la representante legal de España, Sarah M. Harris, socia del bufete americano Williams & Connolly, si el país que defiende "¿no está intentando evadir sus obligaciones y compromisos?". La jueza, nombrada en su actual cargo hace tres años por el gobierno de Joe Biden, afirmó saber que "España debe más de 1,300 millones de dólares a 16 inversores que han conseguido un laudo a su favor y su intención es no pagar”.

Cabe señalar que esta vista se produjo después de que NextEra y 9REN denunciaran ante los tribunales estadounidenses los impagos de las sentencias de arbitraje que condenan a España por la retirada retroactiva de las primas renovables y que la justicia estadounidense decidió agrupar en un solo caso.

Durante la sesión, Pillard señaló que no había disputa sobre el acuerdo inicial de España con los inversores. "España recibió todas las ventajas de las inversiones realizadas y ahora no quiere cumplir con su parte del trato, con lo acordado al firmar el Tratado de la Carta de la Energía (TCE)". Según la jueza, esto implicaba incentivos claros que incluían una cláusula de arbitraje incondicional. “España llegó a un acuerdo con los inversores, ofreciendo incentivos determinados”, recalcó Pillard, quien también destacó que el marco del TCE fue aceptado sin reservas, incluso en el contexto de la UE.

Estrategia comunitaria

Es importante recordar que España sostiene que ha recibido instrucciones de la Comisión Europea de no realizar pagos de indemnización mientras se lleva a cabo una investigación para determinar si estas subvenciones constituyen ayudas estatales contrarias a los tratados de la Unión Europea, según los cuales se establecen los fondos reclamantes. Según fuentes oficiales, si España procediera con los pagos ahora, estaría obligada bajo la ley europea a reclamar posteriormente estas ayudas. La magistrada recalcó que las inversiones verdes de las empresas afectadas han beneficiado a España y a la UE, por lo que resulta sorprendente que ahora no se reconozcan las obligaciones de los afectados. Asimismo, criticó a la Abogacía del Estado por “retorcer” las definiciones del TCE, insistiendo en que el Tratado permite claramente el tipo de arbitrajes que han resultado en más de 25 condenas al Reino de España.

Pillard, en su intervención, argumentó que si todos los países miembros del CIADI (Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones), organismo dependiente del Banco Mundial donde se dirimen los arbitrajes, rechazaran cumplir con los procesos arbitrales, el sistema colapsaría. “El CIADI está diseñado para garantizar un arbitraje neutral y libre de interferencias”, afirmó. La jueza se cuestionó también si “¿acaso los inversores habrían inyectado todo este dinero en España si no hubiesen tenido la certeza de que, ante una situación así, podrían solicitar un arbitraje neutral para dirimir la disputa?”.

Por su parte, la jueza Florence Pan, también nombrada por el presidente demócrata, se mostró crítica con la posición de España, planteando como una “ficción” el hecho de que el TCE no aplique a países europeos. "La posición de España parte de la ficción de que, al firmar el TCE, sabía que luego se emitirían algunas sentencias que han pretendido limitar los arbitrajes en el seno de la UE, pero que efectivamente se publicaron décadas después de la entrada en vigor del tratado". Pan recordó que los arbitrajes ahorran tiempo y reducen la conflictividad legal. "Las decisiones adoptadas en dichos procedimientos no interfieren en modo alguno en la primacía del derecho europeo, porque no sientan jurisprudencia".

La jueza Judith Rogers fue igualmente contundente, enfatizando que, al firmar el TCE, los países saben que el arbitraje sería la salida prevista ante cualquier disputa. Además, hizo un alegato a la historia señalando que desde la II Guerra Mundial, los arbitrajes ahorran dinero y tiempo, "cosa que sin duda los líderes europeos y españoles entendieron en su momento. ¿Cómo pueden venir años después y decir: “bueno, eso no es lo que queríamos?”, se cuestionó.

Quejas diplomáticas

NextEra y 9Ren han elegido los servicios de uno de los despachos más elitistas del mundo: Skadden. Su socio, Shay Dvortezky, destacó en la vista que, al ratificar el CIADI, España reconoció sus obligaciones ante posibles laudos adversos y señaló que los tratados internacionales son claros en este sentido. “Todos los países firmantes del TCE tienen un interés claro en que se cumplan los acuerdos internacionales” y que “el propósito de la Convención del CIADI es que, ante un laudo, la justicia se limite a reconocer su legitimidad y ejecutarlo de manera consecuente”, como dicta el artículo 54 del acuerdo. Dvortezky afirmó que “esta no es una cuestión política” y rechazó que España pueda tener cualquier tipo de inmunidad por los distintos motivos expuestos. "España puede salir del TCE, pero ello no exime el cumplimiento de las obligaciones que se han contraído legítimamente".

En la vista también participó Sharon Swingle, representando al Departamento de Justicia de Estados Unidos, quien reconoció que el Convenio del CIADI establece un marco claro para los arbitrajes y que no se puede esgrimir la soberanía nacional como excusa para evitar el cumplimiento de los laudos. "Tenemos a un gobierno extranjero involucrado y a Estados Unidos como país donde se debe ejecutar el cumplimiento de las sentencias de arbitraje. Obviamente, esto nos preocupa a nivel diplomático, porque los dirigentes afectados nos han hecho llegar sus quejas diplomáticas".

Defensa de España

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En el marco de la vista oral relacionada con los litigios entre inversores y el Reino de España, Sarah M. Harris, abogada representante de España, argumentó firmemente contra la jurisdicción de los tribunales estadounidenses sobre España basándose en la Ley de Inmunidades Soberanas Extranjeras. Harris sostuvo que España no ha consentido al arbitraje bajo las condiciones impuestas por el Tratado de la Carta de la Energía, ya que la ley de la Unión Europea (UE), que es suprema, impide que los miembros de la UE resuelvan disputas intra-UE a través del arbitraje externo.

Harris recalcó que, según el derecho de la UE, particularmente los artículos relacionados en los tratados fundamentales de la UE, España carece de la capacidad legal para consentir al arbitraje con inversores de otros estados miembros de la UE en disputas bajo el TCE. Así, desafió la aplicabilidad del arbitraje internacional en este contexto y argumentó que las cuestiones deben ser resueltas dentro del sistema judicial de la UE. Además, advirtió sobre las implicaciones negativas de permitir que estos asuntos se resuelvan fuera del marco legal europeo, argumentando que tal práctica podría socavar la coherencia y primacía del derecho de la UE.