Transporte

Consumo multa a cuatro aerolíneas por las maletas de mano: ¿cómo afecta a los viajeros? ¿Pueden seguir cobrando?

Se trata de las primeras sanciones impuestas por el Ministerio y las más altas de la historia procedentes una autoridad de consumo

Pasajeros con sus maletas de mano en el aeropuerto Adolfo Suárez Madrid Barajas.

Pasajeros con sus maletas de mano en el aeropuerto Adolfo Suárez Madrid Barajas.

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El Ministerio Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha impuesto una sanción de 150 millones de euros a cuatro aerolíneas de bajo coste: Ryanair, Vueling, EasyJet y Volotea, por cobrar a los pasajeros por el equipaje de mano. Esta acción se toma tras recibir numerosas denuncias de asociaciones de consumidores, como Facua y la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), que llevan batallando contra estas prácticas desde 2018.

Se trata de las primeras sanciones impuestas por el ministerio y las más altas de la historia procedentes una autoridad de consumo. Durante el verano de 2023, el Ministerio de Consumo abrió expedientes a estas aerolíneas para investigar prácticas abusivas. Las prácticas cuestionadas incluyen:

  • Cobrar suplementos por la reserva de asientos contiguos para menores y personas dependientes.

  • Falta de transparencia en la información precontractual sobre el precio final del servicio.

  • Cobrar un suplemento por el equipaje de mano.

  • No permitir el pago en metálico en el aeropuerto por servicios adicionales.

  • Establecer un suplemento de 20 euros por reimpresión de la tarjeta de embarque en el aeropuerto (práctica sancionada solamente en el caso de Ryanair).

¿Cómo afecta a los viajeros?

Con la citada multa, las compañías no podrán seguir cobrando por cobrar a los pasajeros por el equipaje de mano. Desde la asociación de consumidores Facua recuerdan a los consumidores que tienen derecho a reclamar la devolución de los cargos extra por el equipaje de mano.

¿Pueden seguir cobrando?

En la resolución, el Ministerio deja claro que, en base a la legislación vigente y jurisprudencia que la interpreta, las compañías aéreas tienen derecho a determinar las medidas y pesos del equipaje de mano que puede llevarse a bordo, pero no por ello pueden cobrar ningún importe extra por ese equipaje.

¿Es algo definitivo?

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La sanción de 150 millones de euros puede ser recurrida, primero ante el ministro en casación y después ante la Audiencia Nacional.

La Asociación de Líneas Aéreas (ALA), que representa el 85% del tráfico aéreo en España, ha rechazado la decisión del Ministerio de Consumo. Argumentan que prohibir el cobro por la maleta de cabina perjudica a los consumidores, ya que elimina la opción de pagar sólo por los servicios que realmente necesitan. Según ALA, esto afectará a cerca de 50 millones de pasajeros que no llevan maleta de cabina y sólo viajan con equipaje de mano bajo el asiento, obligándolos a pagar por servicios que no utilizan.