Hacienda

Recargos e intereses por presentar tarde la declaración de la Renta

Este lunes termina el plazo para presentar la declaración de la renta y a partir de este plazo habrá recargos y hasta multas

Fecha clave de la Declaración de la Renta

Fecha clave de la Declaración de la Renta / Ferran Sendra

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P. G.

Si presentamos tarde una declaración de la Renta que resulta a pagar, pero nos damos cuenta nosotros mismos del retraso e intentamos solucionarlo cuanto antes, nos enfrentaremos a un recargo o intereses, y no a una sanción. Este recargo se aplicará sobre el importe de la autoliquidación, en función del tiempo transcurrido entre el final de la campaña y la fecha en la que se presenta la declaración.

  • Hasta tres meses de atraso: 5% de recargo

  • Entre tres y seis meses: 10% de recargo

  • Entre seis a doce meses: 15% de recargo

  • Más de un año desde la fecha límite: 20% de recargo más intereses

En cambio, si es Hacienda la que nos reclama el dinero, además de pagar el importe de la declaración y los intereses de demora, deberemos abonar una sanción, que variará en función de la gravedad de la infracción:

  • Infracción leve: si la base de la sanción es inferior a 3.000 euros o, siendo superior, no existe ocultación, la multa será del 50% del total de la deuda.

  • Infracción grave: si la base de la sanción es superior a 3.000 euros y existe ocultación, el porcentaje de la sanción varía entre el 50% y el 100% del total de la deuda.

  • Infracción muy grave: si se han empleado medios fraudulentos o se han dejado de ingresar cantidades retenidas o ingresos a cuenta cuya cuantía supere el 50% de la base de la sanción, la multa fijada varía entre el 100% y el 150% del total de la deuda.