INCAPACIDAD PERMANENTE

El Tribunal reconoce la incapacidad permanente en trastornos poco comunes

La hipersomnia se reconoce como motivo de incapacidad permanente si reúne unos requisitos

Incapacidad temporal: tiempo que debe pasar para que una baja temporal sea una incapacidad permanente

La falta de sueño puede ser motivo de incapacidad permanente

La falta de sueño puede ser motivo de incapacidad permanente / Europa Press

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Cualquier empleo requiere un compromiso, dedicación y rendimiento que, en muchas ocasiones, puede no ser compatible con el estado físico o mental del trabajador. Si no se garantizan unas condiciones mínimas adecuadas, el empleado afectado no debería trabajar. Este principio fue confirmado en 2023 por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que reconoció la incapacidad permanente absoluta de un cristalero de 49 años afectado por hipersomnia, un trastorno del sueño caracterizado por somnolencia excesiva diurna y dificultad para despertar.

Casos recientes de reconocimiento de incapacidad

El caso del cristalero no es aislado. Una trabajadora administrativa de 54 años también tuvo un fallo favorable del mismo Tribunal debido a una estenosis subglótica que le provocaba dificultades respiratorias. Estos ejemplos muestran que enfermedades poco comunes, anteriormente no reconocidas, pueden ser motivo de incapacidad laboral permanente.

Requisito para la incapacidad permanente por trastornos del sueño

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La hipersomnia se ha convertido en una de las patologías para las cuales la Seguridad Social concede la incapacidad permanente, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos.

  • Tener entre 18 y 65 años

  • Residir en España durante al menos cinco años, dos de los cuales deben ser consecutivos y anteriores a la solicitud

  • Tener un certificado de discapacidad igual o superior al 65%

  • Los menores de 31 deben haber cotizado un tercio del periodo entre los 16 años y la fecha de diagnóstico. Los mayores de 31 deben haber cotizado una cuarta parte del tiempo entre los 20 años y el diagnóstico, con al menos una quinta parte de ese periodo cotizado en los últimos diez años de su vida laboral.

Qué hacer para solicitarla

Antes de que te concedan la incapacidad permanente por falta de sueño, hay que seguir varios pasos. Lo primero, en un centro del INSS, hay que presentar la solicitud con el DNI, justificantes de pago de cotizaciones de los últimos tres meses, y el formulario de solicitud de la pensión de incapacidad permanente. Una vez presentada, un especialista en trastornos del sueño hará un informe detallado del diagnóstico. Con la documentación, el INSS evaluará si se cumplen los requisitos, pudiendo solicitar informes adicionales. Una vez terminado el proceso, se dirá si el dictamen del EVI es favorable o no.