INVESTIGACIÓN

La Fiscalía de Madrid ve "chocante" que el juez "persista en el error" con la mujer de Pedro Sánchez

¿De qué se acusa a la mujer de Sánchez?

El juez amonesta a la Fiscalía por sus "visitas inusuales" y pide el DNI de Begoña Gómez

Archivo - El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez y su mujer Begoña Gómez en la presentación de un libro

Archivo - El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez y su mujer Begoña Gómez en la presentación de un libro / EUROPA PRESS

La Fiscalía de Madrid consideró "chocante" que el juez Juan Carlos Peinado, que investiga la denuncia contra la Begoña Gómez, la mujer de Pedro Sánchez, "persistiera en el error" y mantuviera las pesquisas de forma secreta: "No existe causa ni justificación inicial para el secreto de las actuaciones ni tampoco es objeto de motivación al caso. Pero persistir y perseverar en el error cuando obra en las actuaciones un informe de la Guardia Civil, a cuyo contenido nos remitimos, resulta chocante", indica de forma literal el escrito, de 22 de mayo, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE ESPAÑA.

La crítica no cayó en saco roto y dos días después del escrito del Ministerio Fiscal, el 24 de mayo, el magistrado acordó levantar el secreto de sumario, por lo que las partes personadas ya tienen acceso al mismo. La Fiscalía de Madrid había puesto de manifiesto que las pesquisas llevadas a cabo, especialmente el informe de la Guardia Civil, no revelan indicios de criminalidad en las actividades de Begoña Gómez. Por eso, el Ministerio Público consideraba "desproporcionado" mantener el secreto de las actuaciones.

Una contradicción

“Máxime”, proseguía el Ministerio Público, "cuando se recibe el referido informe de la UCO el 14 de mayo y es el día 16 de mayo, cuando se prorroga el secreto de actuaciones, aún a pesar del resultado de las pesquisas”. La Fiscalía madrileña resaltaba en el documento que desde el inicio de la causa ya había puesto de manifiesto que declarar secreta la causa a la vez que se comunicaba “su apertura a la persona que aparece como denunciada”, en alusión a Begoña Gómez, era "contradictorio".

"La excepcionalidad del secreto de sumario no puede asumirse de forma extensiva", destacaba la Fiscalía, que advertía al juez de que la ley procesal "no ampara instrucciones de espaldas al investigado. Máxime cuando, recordemos, que el procedimiento dice tener por objeto un delito de tráfico de influencias [...] que tiene carácter de delito menos grave, con pena en abstracto máxima de 2 años, y que difícilmente podría amparar medidas de investigación restrictivas de derechos fundamentales", añadía el documento.

Finalmente, el fiscal cargaba contra el instructor, y aseguraba, de forma literal, que la resolución de 16 de mayo, en la que prorrogaba el secreto de las actuaciones de la causa contra Begoña Gómez, "omite cualquier intento de motivación" para mantener la causa "oculta a la defensa. Nada se dice y nada parece existir, y desde luego, nada se exterioriza", zanjaba el escrito.

No era ese recurso el único interpuesto en el procedimiento contra la investigación desarrollada por Peinado contra Begoña Gómez. En el recurso de apelación directa presentada directamente ante la Audiencia Provincial de Madrid contra la apertura de diligencias, el Ministerio Público tacha la investigación de "prospectiva", posibilidad vetada en la Constitución.

La Fiscalía argumentaba que el auto del magistrado "carece de cualquier razonamiento jurídico sobre si los hechos relatados reúnen, al menos indiciariamente, los elementos de los tipos penales, limitándose a considerar que 'merecen ser investigados'" y tratando de negar la acusación de que las pesquisas sean prospectivas

Para el Ministerio Público no hay ningún motivo que justifique la apertura de la investigación, porque no se cumplen los requisitos necesarios para entender cometidos los delitos de tráfico de influencias y corrupción entre particulares que el juez imputa a Gómez. "No alcanzamos a ver en la conducta de la denunciada, que pretendiera en el desarrollo de sus labores profesionales y utilizando la condición de esposa del presidente del Gobierno, alterar el proceso motivador del funcionario influido y que la posición de superioridad se hubiera utilizado de modo desviado, ejerciendo una presión impropia del cargo", señala.

La Fiscalía también critica las diligencias acordadas por el magistrado y asevera que "no alcanza a comprender fines y utilidad" de citar a declarar a los directores de ElConfidencial y Esdiario, lo que atribuye a que el juez Peinado está "alineándose acríticamente con el denunciante", del que dice que hace peticiones "manifiestamente desproporcionadadas y carentes de justificación".