TRIBUNALES

La Audiencia de Valencia reabre la causa contra Mónica Oltra y la aboca al juicio oral

El tribunal ve "indicios suficientes" en el caso del presunto encubrimiento de los abusos a una menor por los que fue condenado el exmarido de la exvicepresidenta valenciana

La Audiencia de Valencia reabre la causa contra la exvicepresidenta valenciana Mónica Oltra

Agencia ATLAS

La sección cuarta de la Audiencia de Valencia ha decidido reabrir la causa que investigaba a Mónica Oltra y quince personas más porque entiende que "no puede descartarse claramente la existencia de infracción penal" y concurren "indicios suficientes para encausar a los investigados", según acaba de informar el TSJCV.

La sección cuarta de la Audiencia de Valencia comunicó a las defensas y acusaciones del caso que ha investigado el trato que la Conselleria de Igualdad dio a la menor que sufrió abusos por parte de un monitor (en ese momento marido de Mónica Oltra) que deliberaría el próximo 16 de julio sobre los recursos presentados contra el archivo de la causa adoptado el pasado 2 de abril. Aunque finalmente la "deliberación y fallo" sobre los recursos presentados por las acusaciones, bajo ponencia de la magistrada Macarena Amparo Mira Picó, se ha adelantado casi un mes.

En el auto, que también suscriben el presidente de la sección cuarta, el magistrado Pedro Castellano y la magistrada Isabel Sifres, la sección cuarta señala que discrepan "del criterio del instructor" porque "no puede descartarse claramente la comisión de infracción penal, siendo posible identificar, en relación a determinadas actuaciones, una suficiencia indiciaria que justifica la continuación del procedimiento".

De hecho, incluso parece que lo retrotraen al principio de la investigación. "La sala estima que, al nivel indiciario propio de esta fase procesal, puede sostenerse como hipótesis plausible que, cuando la noticia del posible abuso sexual a una menor tutelada por la Generalitat Valenciana cometido por parte del exmarido de Oltra llegó a conocimiento de la Conselleria de Igualdad, las personas que tuvieron conocimiento de los hechos y bajo cuya protección y tutela se encontraba la menor, habrían pretendido ocultar el abuso sexual".

Y para esta supuesta ocultación "se habrían valido de un informe ficticio, pues se emite un pronunciamiento de inexistencia de indicios de abuso sexual cuando ni siquiera se preguntó a la menor sobre los abusos que se conocía que había relatado a terceras personas, omitiéndose tanto la denuncia como la obligación de comunicar el hecho al Ministerio Fiscal, evitando así que pudiera ejercer el control previsto" en la legislación.

"De esta manera -continúan los magistrados- resulta indiciariamente de la instrucción que no se denunciaron unos hechos graves ni se protegió a la menor tutelada por parte de quien tenía la obligación de hacerlo, colocándola por el contrario en una situación de riesgo, pues el educador que había cometido los abusos fue reincorporado a su puesto de trabajo en el centro de acogida".

De los argumentos de la sala incluso se deduce que la causa está abocada a la apertura de juicio oral, más que la continuidad de la instrucción. "Por lo tanto, se estima que en este momento procesal no puede descartarse, de una manera clara, la comisión de infracción penal derivada del incumplimiento del deber de denunciar y de proteger a la menor tutelada por la Generalitat con la finalidad de ocultar la existencia de unos abusos sexuales ocurridos en el centro de acogida, debiendo ser el acto del juicio oral donde se dilucide, con la mayor amplitud que proporcionan los principios procesales que rigen la prueba en el juicio, las cuestiones relativas a las concretas circunstancias en las que tuvieron lugar los hechos y el juicio de tipicidad que los mismos merecen".

A esta postura se añade la apertura del expediente informativo abierto cuando la Fiscalía ya investigaba los abusos después condenados. Por tanto, señalan, "se estima que la base indiciaria existente justifica la continuación del procedimiento por la posible comisión de delitos derivados del incumplimiento del deber de denunciar y de proteger a la menor tutelada por la Generalitat con la finalidad de ocultar la existencia de unos abusos sexuales ocurridos en el centro de acogida, y posterior intento de desacreditar su testimonio o influir negativamente en el ánimo acusador de la menor una vez ya se había iniciado el procedimiento judicial".

Los magistrados únicamente descartan investigar la conducción de la menor engrilletada al juicio al considerar que "está suficientemente esclarecido, no identificándose indicios de una conducta penalmente relevante".

Los recursos contra el archivo de la causa acordado por el titular del Juzgado de Instrucción 15 de Valencia los presentaron la menor que sufrió los abusos, representada por el líder de España 2000, José Luis Roberto y el partido Vox, a los que se sumó la asociación Gobierna-te (que no presentó escrito propio). El fiscal adscrito al Juzgado de Instrucción 15 se opuso a estos recursos y avaló la decisión del juez de archivar la investigación tras tres años de instrucción, como ha informado Levante-EMV, del mismo grupo editorial que este diario.

La sección de la Audiencia de Valencia que ha decidido sobre el caso Oltra es la misma que ha juzgado a los expresidentes de la Generalitat Eduardo Zaplana y José Luis Olivas junto a trece personas más por el caso Erial desde el 21 de marzo hasta el 23 de mayo. Otras decisiones de calado adoptadas por la sección que dirige el magistrado Pedro Castellano han sido el archivo del presunto pitufeo o blanqueo de capitales en pequeñas cantidades que los investigadores del caso Taula achacaban al grupo municipal del Partido Popular. Una decisión que adoptaron tras casi seis años de instrucción en la que se investigó a cincuenta exconcejales y exasesores del PP del Ayuntamiento de Valencia sobre los que ya se había decretado la apertura de juicio oral. El Partido Popular como persona jurídica también estaba acusado en esta subpieza del caso Taula, que acabó archivada. Y en la que Rita Barberá llegó a declarar en el Supremo por estos hechos dos días antes de fallecer en Madrid.  

Aunque este mismo tribunal sí rechazó todos los recursos presentados que abocaron al juicio oral al núcleo duro de colaboradores de Rita Barberá: el exvicealcalde de Valencia, Alfonso Grau, la exsecretaria del grupo municipal del PP y alter ego de Barberá, María del Carmen Carmen García-Fuster, el exconcejal Juan Eduardo Santón y el exdirector de Valencia Turismo Convention Boureau (TVCB), José Salinas. Los cuatro fueron juzgados en la sección segunda de la Audiencia de Valencia a principios de año por los presuntos delitos de malversación y cohecho supuestamente cometidos durante las elecciones municipales de 2007 y 2011 al supuestamente derivar 1,7 millones de tres fundaciones municipales. La sentencia por estos hechos aún no se conoce.