TRIBUNAL SUPREMO

Las ofertas falsas de pisos en internet serán condenadas como estafa agravada

El Tribunal Supremo confirma una condena de un año y medio de prisión a una persona que ofertó una vivienda que no era suya

El Tribunal Supremo reconoce el "tensionado mercado de la vivienda en alquiler"

El Tribunal Supremo reconoce el "tensionado mercado de la vivienda en alquiler" / EPE

Alberto Muñoz

Alberto Muñoz

Consciente del "contexto de necesidad de acceso a la vivienda" que se vive en España, y de la "elevación de precios en el mercado de alquiler", el Tribunal Supremo ha decidido condenar a un año y medio de prisión por estafa agravada a una mujer que publicó una oferta falsa de un piso en internet. Con ello, según explica la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico, logró hacerse con al menos 750 euros que le pagó un hombre en concepto de señal.

Más allá de la cantidad, lo que es interesante para el Tribunal Supremo es reforzar "la idea de dar una mayor protección a los bienes de primera necesidad como son las viviendas". En ese sentido, por ejemplo, la consideración de estafa agravada solo se daría cuando las víctimas estuviesen intentando adquirirlas para utilizarlas como residencia habitual. "En muchos casos esto supone agravar la ya de por sí vulnerable posición de las víctimas, haciéndoles más vulnerables aún", explica la resolución.

En este caso concreto, la justicia explica que la víctima vio el anuncio del piso en cuestión en una página web de anuncios, y que, "atraído por el mismo y por su precio barato", le hizo una transferencia de 750 euros a la estafadora.

Sin embargo, “más tarde se dio cuenta de que todo era un engaño; la vivienda no se alquilaba y las fotografías del DNI que se le habían enviado correspondían a la víctima de otra estafa. Ante la imposibilidad de conseguir un alquiler inmediato, el denunciante y sus padres se vieron obligados a alquilar unas habitaciones, ante la necesidad que tenían de recogerse en algún lugar”. Además de a devolver los 750 euros que estafó, la justicia le ha condenado también a una multa de 2.700 euros.

El "tensionado mercado de la vivienda en alquiler"

Es por eso que, en su sentencia, fechada el pasado 18 de junio, el Tribunal Supremo explica que la estafadora se estaba "aprovechando de la necesidad de vivienda". Todo ello, además, en "un contexto de elevación de precios en el mercado de alquiler, por lo que es reprochable desde el punto de vista penal la realización de ofertas en internet anunciando inmuebles en alquiler, cuando la realidad es que no lo tiene".

Porque, tal y como señala el Alto Tribunal, esa "necesidad de vivienda a un precio asequible" "provoca el descenso de las medidas de autoprotección de las víctimas". Esto, en última instancia, provoca "un grave perjuicio que no es solo económico", "sino también moral y psicológico, al darse cuenta de que ha perdido tanto el dinero como la disponibilidad de la vivienda" que quería.

La razón de que proliferen este tipo de "ciberestafas" es, según los expertos, "el tensionado mercado de la vivienda en alquiler", lo que aprovechan los delincuentes para entrar en páginas web, "copiar anuncios de propiedades allí ofertadas" y "aprovecharse de la delicada situación de muchas personas que ven complicado encontrar una casa en la que vivir para engañarles".