PERDÓN AL 'PROCÉS'

La Fiscalía pide ahora al Supremo que amnistíe a Torrent y la Mesa del Parlament

La medida se extiende a Josep Costa, Eusebi Campdepadrós y Adriana Delgado, juzgados por desobediencia

Roger Torrent.

Roger Torrent. / Valentí Enrich

Redacción

La Fiscalía ha pedido al Tribunal Supremo que aplique la amnistía al expresidente del Parlament y ahora conseller de Empresa i Treball en funciones, Roger Torrent, y los miembros independentistas de la Mesa que presidió en la Cámara catalana, acusados de desobedecer al Constitucional al tramitar resoluciones soberanistas y de reprobacion a la Monarquía.

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) absolvió a Torrent y los exdiputados Adriana Delgado, de ERC, y Eusebi Campdepadrós y Josep Costa, de Junts, al entender que las resoluciones que tramitaron no tenían "continuidad" con el proceso "unilateral" de indpendencia iniciado en 2015.

La Fiscalía recurrió en casación ante el Supremo para que se anulara y repitiera el juicio al considerar que la sentencia es "producto de una interpretación absolutamente arbitraria, alejada del canon constitucional" y recalcar que el mandato del Constitucional a la Mesa de Torrent era "claro", igual que la "voluntad" de sus miembros de "contrariar" sus resoluciones.

El asunto quedó pendiente de señalamiento para su deliberación, pero ahora la Fiscalía solicita que se aplique la amnistía en un breve escrito de dos páginas firmado por la teniente fiscal del Tribunal Supremo, María Ángeles Sánchez Conde.

El Ministerio Público explica en su informe que "se trata de hechos que se incluyen en el periodo temporal" que delimita la Ley de Amnistía, por tanto "procede declarar que los actos tipificados como delito de desobediencia imputados a Campdepadrós, Costa, Torrent y Delgado queden amnistiados, dictándose la oportuna sentencia que así lo declare".

La retirada de lazos

Por otro lado, la sala Civil y Penal del TSJC ha amnistiado a C. M. S., quien fue secretario del Ayuntamiento de Hostalric (Girona), que fue condenado por un delito de prevaricación a la pena de 9 años de inhabilitación especial para empleo de cargo público por "exagerar" la actuación de un grupo de personas que acudieron al pueblo para retirar lazos amarillos y pancartas en apoyo al proceso independentista.

El TSJC deja sin efecto la sentencia que le condenó al considerar que "con el propósito de escarmentar y castigar a estas personas que acudieron a la población de Hostalric, con plena conciencia de que los actos que les atribuyó no eran sancionables, les dotó de una falsa tipicidad descontextualizándolos temporalmente y exagerándolos insidiosamente al adicionar referencias a amenazas e intimidaciones inexistentes o directamente los falseó para lograr su punición".

En una segunda resolución, el TSJC ha extinguido la responsabilidad penal de E. B. D. A., condenado por tenencia de artefactos explosivos por portar una botella con ácido clorhídrico en una mochila en el marco de la manifestación que tuvo lugar el 21 de diciembre de 2018 contra la celebración del Consejo de Ministros en el edificio de la Llotja de Mar.

Sin embargo, el TSJC ha acordado no amnistiar a uno de los condenados durante los disturbios de las fiestas de la Mercé de Barcelona en 2021, que fue detenido en el cruce de la calle Creu Coberta con Plaza España por arrojar una botella de cristal contra los agentes de la Brigada Móvil (BRIMO) de Mossos d'Esquadra.

El tribunal considera que en el atestado policial no se encontró "ninguna referencia al proceso independentista catalán", sino que el acusado se encontraba en una zona en la que se había convocado un macro-botellón a través de las redes sociales con motivo de las fiestas de la Mercé.