ELECCIONES EUROPEAS

La justicia autoriza el rezo del rosario contra la amnistía ante la sede del PSOE en la jornada de reflexión y el día de las elecciones

La Junta Electoral autorizó las protestas hasta el viernes, pero no el resto del fin de semana en el que se celebran las elecciones europeas

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid considera que prohibirlo sería "vulnerar el derecho de reunión"

El TSJ de Madrid autoriza concentraciones ante la sede del PSOE en las elecciones

El TSJ de Madrid autoriza concentraciones ante la sede del PSOE en las elecciones

Alberto Muñoz

Alberto Muñoz

La justicia ha autorizado la concentración frente a la sede del PSOE en Madrid para llevar a cabo un rezo del rosario "por España y en defensa de la fe católica en todo el mundo" este fin de semana en el que se celebran las elecciones europeas. Por lo tanto, estas personas podrán manifestarse en Ferraz tanto el sábado de la jornada de reflexión como el domingo en el que se abrirán las urnas.

Así lo ha decretado, en una sentencia firme a la que ha tenido acceso este periódico, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que dice que no existen "razones fundadas" para prohibirlo, y que, de hacerlo, se estaría "vulnerando el derecho de reunión" de estos manifestantes que llevan reuniéndose ante la sede de Ferraz desde noviembre del año pasado.

En estas concentraciones, además de los tradicionales rezos católicos, también se han escuchado consignas políticas, habitualmente de rechazo al Gobierno de Pedro Sánchez y contra la ley de amnistía que se acaba de aprobar.

El recurso que estima ahora la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Madrid se dirigía contra las resoluciones de la Junta Electoral Provincial y del delegado del Gobierno que prohibían esas concentraciones para el sábado y domingo de este fin de semana por su posible interferencia en el proceso electoral.

Una concentración sin vínculos políticos

La Junta Electoral autorizó las protestas hasta el día 7 incluido, pero no así el 8 y el 9 por influir en el proceso electoral, en tanto que la Delegación del Gobierno no puso objeciones a la protesta salvo en esas mismas fechas.

El TSJ madrileño, sin embargo, sentencia que la decisión de no permitir la concentración los días 8 y 9 de junio para así garantizar la pureza del proceso electoral "no se justifica, y, por tanto, no obedece a ninguna razón fundada".

Los impulsores del rezo alegaron que la concentración no está vinculada a ningún candidato que vaya a concurrir a las elecciones europeas ni a ningún partido político al ser el lema de la concentración 'Rosario por España y en defensa de la fe católica en todo el mundo'.

En ese sentido, y en referencia al día de las elecciones, los magistrados de la Sala de lo Contencioso dicen que tampoco se ha acreditado "en qué medida pueden los asistentes a la concetración con ese lema y ese número de asistentes previsto (80 personas) influir o entorpecer el acceso de los votantes a las mesas electorales".

Eso sí, la autorización que les concede la Junta Electoral, y que tienen que cumplir a la hora de llevar a cabo la concentración, se circunscribe a rezar "ante la Parroquia del Inmaculado Corazón de María, sin invadir en nungún caso las calles de Ferraz y del Marqués de Urquijo y sin obstaculizar el acceso a los edificios" ni su normal funcionamiento.

"Rosario por España"

Los magistrados les dan la razón y entienden que, aunque no se dice nada en este sentido de forma expresa en las resoluciones recurridas, puede que la prohibición se deba "a meras sospechas sobre la posibilidad de que la concentración esos dos días pudiera perturbar la deseable neutralidad política propia de la jornada de reflexión, así como el ejercicio del derecho de voto de los ciudadanos el día de la jornada electoral".

"Pero insistimos, se trata de argumentos que esgrime la Abogacía del Estado, pero que ni siquiera se recogen de esta forma en las resoluciones recurridas", exponen los jueces, que consideran que la doctrina constitucional dice para prohibir una reunión debe tenerse la certeza de que "se convoca con la clara finalidad de obtener sufragios, lo que no acontece en este supuesto".

La concentración de Ferraz es para celebrar un "Rosario por España y en defensa de la fe católica en todo el mundo", por lo que, según la sentencia, "con este objetivo, no puede considerarse que la elección de las fechas para la realización de la concentración que, por otro lado, y como indica la parte actora, lleva convocándose ininterrumpidamente desde el 12 de noviembre de 2023, sea la de hacer coincidir de forma caprichosa las concentraciones con la jornada de reflexión o con la fecha de las votaciones en las elecciones convocadas ni influir de una forma directa en sus resultados".