SENTENCIA

La justicia condena a Ikea por vulnerar la libertad sindical de una trabajadora de Málaga

La empresa ha recurrido la sentencia que le obliga a indemnizar a la exempleada con 7.500 euros

Una tienda IKEA

Una tienda IKEA

Analía Plaza

Analía Plaza

Un juzgado de Málaga ha condenado a Ikea Ibérica SA a indemnizar con 7.500 euros a una trabajadora por suspenderla de empleo y sueldo poco después de salir elegida representante sindical. La sentencia, contra la que cabe recurso, considera probados "indicios que generan una razonable sospecha" de que Ikea "ha incurrido en la violación de derecho fundamental".

Concretamente, concluye, la empresa ha vulnerado "el derecho a la igualdad y no discriminación, libertad sindical y a la tutela judicial efectiva en su vertiente de indemnidad, siendo la sanción motivada por una represalia por su labor como representante legal de los trabajadores por el sindicato CCOO".

"Ikea respeta las decisiones judiciales", dicen desde la empresa. "En este caso, al haber discrepancias, la sentencia ha sido recurrida ante la instancia superior".

Como no se presentó al juicio, la empresa de origen sueco no pudo demostrar que el expediente contra la trabajadora fuera ajeno al hecho de que se sindicase. Así que, además de la indemnización, el fallo declara nula la sanción, que fue calificada como "muy grave".

No es la primera condena a Ikea por prácticas antisindicales: en 2020 hubo un caso similar en Euskadi, cuando el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco consideró que un cambio de puesto impuesto a una trabajadora vulneró su derecho a la representación sindical.

Elecciones fallidas

La historia de Málaga comienza cuando G.T., la trabajadora afectada, quiso montar una candidatura con Comisiones Obreras para las elecciones sindicales del centro en 2020. "Para montarla necesitaba a trece personas, pero yo llegué con nueve. Hay jurisprudencia que dice que puedes montarla con el 60%. En la mesa electoral había jefes y decidieron que no me podía presentar", cuenta. "Yo lo impugné, arbitraje me dio la razón y ellos recurrieron. La justicia me dio la razón y se volvieron a celebrar elecciones en mayo de 2022".

En esas elecciones, G.T. volvió a presentarse con Comisiones Obreras. Consiguió dos representantes, frente a los catorce de Fetico (el principal sindicato de grandes almacenes de España) y el que sacó UGT. Ahí fue cuando se complicaron las cosas. Apenas un mes después de celebrarse estas segundas elecciones, la empresa envió un correo electrónico a todos los departamentos sobre la "limitación de pago en efectivo", el punto por el que le pusieron la sanción.

"Hay una ley que dice que las personas físicas no pueden pagar más de 999 euros en efectivo. Yo soy vendedora de baños. Un cliente me dijo que quería cuatro baños y lo fraccioné: es algo cotidiano. Se llevó los presupuestos y en la caja se dividió con su pareja para pagar 1.300 euros en efectivo. La cajera les dijo que no, el cliente montó en cólera... y a mí me dijeron que al haber fraccionado los pagos, le estaba incitando a cometer un fraude", relata.

Según considera probado el fallo, G.T. ni siquiera tiene acceso a las cajas. La afectada aportó documentación de la cual "se extrae que se le ha acusado de realizar actuaciones realizadas con pago en efectivo de clientes" cuando no "tiene acceso a ello, ya que no realiza operaciones de cobro, realizándose en línea en caja y en otros departamentos que no son el suyo".

"Me sancionaron por una falta muy grave. Eso conlleva 180 días de suspensión de empleo y sueldo. Al ser delegada sindical no puede haber despido disciplinario, pero si en esos 180 días la empresa te sanciona otra vez ya eres reincidente", cuenta. "Yo me defendí diciendo que llevaba quince años en la empresa con un expediente limpio y que entendía que la falta era por haber entrado en Comisiones Obreras. Intenté llegar a un acuerdo pero la sanción siguió adelante y demandé".

Durante lo que duró el proceso de demanda, G.T. pasó cuatro meses de baja por ansiedad. "Fue un estado de shock", dice. "En todos los años que llevo en Ikea nos han ido quitando muchos derechos. Antes nos pagaban los fines de semana, ahora nos dan un día libre entre semana. La gente termina marchándose", reconoce. "Es una empresa con buena filosofía, pero al llegar a España empiezan a mandar más los españoles que los suecos".

Además de ser indemnizada, G.T. deberá ser reincorporada a su puesto y la empresa deberá abonarle todo lo que no le pagó durante la sanción. Cree que, aunque la justicia le haya dado la razón, la empresa termina saliéndose con la suya. "Después de lo que ha pasado", concluye, "la gente no quiere afiliarse ni oír hablar del sindicato"