Tras el fallo de la Audiencia de Barcelona

El Tribunal Supremo desestima una nueva demanda de Mediaset por 'Pasapalabra'

El Alto Tribunal razona que Mediaset ha incumplido el requisito de que la demanda se presente dentro de un plazo máximo de tres meses desde el día en que se descubrieron los documentos que se consideran decisivos para pedir la revisión de una sentencia

Moisés y Óscar, en Pasapalabra

Moisés y Óscar, en Pasapalabra

Redacción Yotele

El Tribunal Supremo no admite la revisión del caso sobre la propiedad intelectual de 'Pasapalabra'. El Alto Tribunal ha desestimado una nueva demanda que Mediaset presentó después de la última sentencia emitida por la Audiencia Provincial de Barcelona al respecto, que ya ha sido recurrida por Atresmedia e ITV, por haberse presentado de forma extemporánea.

Según recoge el portal Vertele, en este fallo, el Supremo razona que Mediaset ha incumplido el requisito de que la demanda se presente dentro de un plazo máximo de tres meses desde el día en que se descubrieron los documentos que se consideran decisivos para pedir la revisión de una sentencia firme, conforme al artículo 512.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

La sala de lo social del Supremo señala que el contenido de una carta fechada el 31 de mayo de 2017 del abogado de Mediaset, documento aportado por la parte demandada (ITV), pone en evidencia que la demandante (Mediaset) tenía conocimiento previo desde, al menos tal fecha, de los documentos en los que funda la revisión.

Para ser más exactos, cabe recordar que, en noviembre de 2022, la Audiencia de Barcelona dictó una sentencia no firme y recurrible ante el Tribunal Supremo en la que obligaba a Atresmedia a cesar la emisión de 'El Rosco' después de aceptar el recurso presentado por la sociedad holandesa MC&F Broadcasting Production and Distribution C.V., además de una indemnización por daños morales a Atresmedia de 50.000 euros al considerar que dicha prueba vulnera los derechos de propiedad intelectual.

El Tribunal General de la UE ya dio la razón a ITV

Por otro lado, también hay que recordar que, a finales de 2023, El Tribunal General de la UE ha desestimado los recursos interpuestos por Good Services, filial de MC&F, contra las resoluciones de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) que anularon el registro de la marca 'El Rosco' a petición de ITV, por considerar que Good Services lo registró "de mala fe", según informa Vertele.

En dicha sentencia, el Tribunal General considera que Good Services solicitó el registro de 'El Rosco' pese a ser una marca “que no había creado y por la que no había manifestado interés, en un contexto, además, en el que MC&F e ITV se disputaban la titularidad del juego final”.

La resolución también destaca que la filial de MC&F registró como marca propia 'El Rosco' después de que el Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid declarase en una sentencia de 2014 que 'El Rosco' era uno de los elementos constitutivos del formato 'Pasapalabra', formato perteneciente a ITV, y que no podía protegerse mediante la propiedad intelectual al ser una parte de él.

"Automáticamente, tuvo el efecto de impedir que ITV utilizara la marca de 'El Rosco', pese a haber sido ella quien la había creado”, apunta el órgano judicial de la Unión Europea, volviendo a confirmar que 'El Rosco' es una creación de ITV que forma parte de Pasapalabra, añadiendo que las solicitudess de Good Services “parecen apartarse de los principios de comportamiento ético comúnmente aceptados o de las prácticas leales en el comercio o en los negocios”.